¿Cómo puedo declarar la renta de un piso en alquiler?
¡Hola Propietario! 👋 Si estás considerando poner en alquiler uno de tus inmuebles, entonces es fundamental que sepas cómo tienes que declarar la renta del alquiler de tu piso. 📜
¿No sabes cómo declarar la renta? 😅 ¡Tranquilo! En este blog te explicaremos paso por paso como hacerlo y así evitarás que Hacienda te coja desprevenido.
Declaración de los beneficios
Alquilar tu piso puede ayudarte a obtener grandes beneficios económicos a largo plazo, sin embargo, es importante que comuniques dichos beneficios a Hacienda para que sepan la procedencia de los ingresos. 💸
Además, tendrás que presentar la renta como arrendador, ten en cuenta las siguientes recomendaciones:
- En la casilla 0102 de la renta deberías poner todo lo que has cobrado por el arrendamiento. Sin reducciones y sin eliminar ningún gasto.
- En las casillas siguientes podrás incluir los gastos a desgravar del alquiler. Gracias a ellos pagarás menos impuestos por alquilar tu vivienda.
Declara el IRPF de una vivienda alquilada
Para declarar el IRPF tendrás que identificar tu vivienda en alquiler cuando hagas el IRPF. Y, para hacerlo, deberás incluir los datos del piso arrendado en el apartado C de bienes inmuebles. 🏡
En concreto, las casillas que van desde la 0061 hasta la 0075. Estas casillas servirán para que puedas identificar rápidamente el inmueble que tienes en alquiler.
La forma más fácil de conseguir estos datos es fijándote en tu declaración de la renta del año pasado. Así sabrás que no te confundes. 👍
Rendimientos de capital inmobiliario
Según la Agencia Tributaria, “tienen la consideración de rendimientos del capital inmobiliario los que se deriven del arrendamiento (…) cuya titularidad corresponda al contribuyente y no se hallen afectos a actividades económicas realizadas por el mismo”. ✏
Explicándolo de otra forma, son los ingresos provenientes por la explotación de un inmueble, en este caso del alquiler. 💲
¿Puedo aplicar reducciones en la renta al alquilar mi piso?
📃 Gracias a la Ley sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), si alquilas tu piso a un inquilino que va a residir ahí de forma habitual, solo tendrás que tributar el 40 % de los beneficios que obtengas de ese alquiler.
Esta ley permite al arrendador deducirse el 60 % de la carga impositiva sobre el arrendamiento neto que se ha obtenido gracias al alquiler. 🙌
El requisito obligatorio es que la vivienda se alquile como residencia habitual del inquilino. Por ello, los alquileres destinados a oficinas, comercios o despachos están excluidos.
Gastos derivados del contrato de alquiler
🏛 Según la Agencia Tributaria, “son deducibles los gastos ocasionados por la formalización del contrato de arrendamiento, subarriendo, cesión o constitución del derecho y los de defensa de carácter jurídico relativo a los bienes, derechos o rendimientos”. Por tanto, puedes deducirte los gastos del contrato del alquiler. 🔍
¿Puedo deducir los suministros de los muebles que compré para mi piso en alquiler?
Si como propietario del piso te has encargado de sustituir el sofá, o cualquier otro mueble, puedes deducirlo como gastos amortizables en el IRPF, debido a que es un gasto que se efectúa con regularidad con el fin de mantener el uso normal de los bienes. 🛋
Podrás deducirte un 10% del valor de dicho electrodoméstico o mobiliario en el apartado de Amortizaciones. Además, si la financiaste, también podrás incluir la parte destinada al pago de los intereses.
¿Puedo desgravar la compra de una vivienda?
Para que esta acción sea válida debe de cumplirse tres requisitos:
- Que se trate de tu residencia habitual.
- Que se haya comprado mediante financiación ajena (hipoteca).
- Que la compra se haya efectuado antes del 1 de enero de 2013.
📅 Como decíamos, si el contrato de hipoteca es posterior a 2013 la compra de una vivienda no desgrava. Además, la adquisición de una segunda vivienda no tiene deducciones.
Si cumples los requisitos, puedes incluir en la declaración de la renta los intereses que hayas abonado, los gastos derivados de la financiación y el capital amortizado. Así, podrás desagravarte hasta un 15 % (sobre una cantidad máxima de 9.040 euros). 📈
¿Puedo desgravar la compra de una vivienda?
El porcentaje que se paga por el alquiler varía en función de los tipos generales de IRPF. En el año 2021, los tramos del IRPF son los siguientes:
Tramo de IRPF en 2021 |
Tipo |
Desde 0 hasta 12.450€ |
19% |
De 12.450€ a 20.200€ |
24% |
De 20.200€ a 35.200€ |
30% |
De 35.200€ a 60.000€ |
37% |
De 60.000€ a 300.000€ |
45% |
Más de 300.000€ |
47% |
Este nuevo tramo entrará en 2022, cuando se tenga que presentar la declaración correspondiente al ejercicio de 2021.
¿Cómo calculo los ingresos íntegros de un inmueble arrendado?
Los ingresos íntegros son todos aquellos que recibes por el alquiler de un piso, ya sea en metálico o en especie (es decir, a cambio de bienes o servicios). 🔍 Debes incluir obligatoriamente:
- Todas las cantidades de la renta del alquiler.
- Las repercusiones que como propietario realices al inquilino (ya sea por obras, servicios o tributos).
- El importe correspondiente a los bienes que has cedido junto a la vivienda (por ejemplo, cuando un piso está equipado con muebles y electrodomésticos).
Ejemplo: ¿Cuánto pagarías por poner en alquiler tu piso?
✏ Para que puedas entenderlo mejor, te mostramos este pequeño ejemplo cómo se tributa el alquiler de inmuebles:
Ana tiene una casa que alquila durante todo el año y presenta las siguientes cifras:
- Ingresos por el alquiler: 13 000 €.
- Hipoteca: intereses de 1000 €.
- Seguro de la casa: 250 €.
- Gastos de comunidad: 750 € (62,50 € al mes).
- IBI: 600 €.
- Gastos de conservación: 200 €.
- Amortización del inmueble: 50 €.
📊 Con estos datos, los ingresos de Ana suman 13.000 €, a los que restará un total de 2.850 € en gastos deducibles. El resultado es que su ganancia neta será de 10.150 €.
Sobre este capital Ana puede aplicar una reducción del 60%, por lo que esa cifra pasará a ser de 4.060 €. Este será el dinero que finalmente integrará en la declaración de la renta dentro de la base imponible general. Es decir, el dinero que sumará al salario y otros ingresos que no provengan de inversiones.
Deducciones por alquilar tu vivienda en la renta
✅ Te especificamos los gastos que se pueden deducir por el alquiler de tu piso según Hacienda:
- Los intereses de la hipoteca o el préstamo para la reforma. Estos gastos se marcan en la casilla 0105 de la renta.
- Gastos de administración y portería: Nuevamente, aquí podríamos añadir la comunidad o los servicios relacionados con la finca.
- Gastos en mobiliario: Se debe marcar en la casilla 0107 del IRPF.
- Impuestos y tasas que repercutan a la vivienda (IBI, tasas de limpieza, recogida de basuras o alumbrado…) Tendrás que marcar la casilla 0115 del IRPF.
- Gastos de reparación y conservación: Es imprescindible no confundir conservación con mejora. Estos gastos se estipulan en la casilla 0107 de la renta.
¿Qué ocurre si no declaro el alquiler de mi piso?
⚖ El momento que Hacienda descubre que una persona no ha declarado el alquiler, se pone en contacto con el contribuyente para ofrecerle lo que se conoce como una ‘declaración paralela al IRPF’.
En esta declaración, el arrendador declara los ingresos obtenidos por el alquiler sin opción de aplicarse la reducción del 60 %.
📕 En paralelo, abren un expediente sancionador al contribuyente por no haber declarado el alquiler. El importe de esta multa puede variar en función del fraude cometido, si bien puede oscilar entre el 50 y el 150 % de la cantidad defraudada.
Conclusiones del blog:
✅ Debes de comunicar en todo momento los beneficios del alquiler a Hacienda.
✅ Si no declaras a Hacienda puedes llevarte una sanción económica más elevada que los impuestos que debes pagar.
✅ Lo mejor es que te asesores con expertos inmobiliarios, como los de Hogarea, para que te despejen cualquier duda y te guíen en todo momento de tu declaración.
🏠 Para estos casos nuestro equipo de Hogarea, con más de 18 años de experiencia te ayudará durante todo el proceso de alquiler 😊 , incluyendo el procesos de declaración de la renta ante Hacienda. 🔔 Contacta a nuestro experto en alquileres 📲: +34 625 01 27 99, 🌐 también puedes completar nuestro formulario web o visitanos en nuestra oficina: 📍 Calle Barcelona, 25 Bajos, 08901, Hospitalet de Llobregat